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Reglamento

El Programa Hollipoints (en adelante el "Programa") es, esencialmente, un programa de pertenencia a través del cual Holliday Scott premia la fidelidad de los clientes (en adelante "socios") posibilitando a los mismos asociarse al programa y recibir la Tarjeta Hollipoints (en adelante la "Tarjeta" o las "Tarjetas"), la cual les permite acceder al canje de premios por catálogo, descuentos y a beneficios otorgados por marcas/establecimientos adheridos que participan en el programa, conforme se establece en los presentes términos y condiciones (en adelante "Términos y Condiciones").

 

1) PROGRAMA DE BENEFICIOS HOLLIPOINTS.

 

1.1. ADHESION AL PROGRAMA:

 

1.1.1. Podrá ser socio del programa sólo la persona que reúna las siguientes características: a) sean personas físicas mayores de dieciocho (18) años de edad; b) tengan domicilio en la República Argentinaa.  c) sean veterinarios o propietarios  de veterinarias.


1.1.2. La persona que pretenda ser Socio, deberá completar la solicitud de adhesión (en adelante la "Adhesión") del sitio www.hollipoints.com.ar (en adelante el "Sitio"). Es condición indispensable para ser socio del programa Holipoints contar con un número de cliente Holliday. Cada número de cliente Holliday podrá tener habilitada una cuenta Hollipoints, sin excepciones.


1.1.3. Dentro del plazo de catorce (14) días hábiles de completada la solicitud de adhesión, Holliday Scott SA a su exclusivo criterio y decisión determinará si acepta o rechaza la adhesión. 


1.1.4. El rechazo de la solicitud de adhesión por parte de Holliday Scott no dará derecho a reclamo alguno, por ningún concepto. 


1.1.5. La adhesión será por el plazo mínimo de doce (12) meses a contar desde la fecha en que Holliday Scott ha aceptado la misma. Vencido dicho plazo, la adhesión se renovará automáticamente por períodos iguales y sucesivos, salvo que Holliday Scott y/o el socio manifestasen lo contrario por medio de una notificación fehaciente, con treinta (30) días de anticipación a la fecha de término de la adhesión original o sus prórrogas. Se considerará notificación fehaciente, también, la enviada por e-mail a la casilla de Holliday Scott S.A. (hollipoints@holliday.com.ar) y a la que constituya el asociado en el formulario de admisión.

 

1.1.6. Es condición necesaria para asociarse al Programa ser cliente de alguno/s de los productos o servicios, salvo para los casos de adhesiones especiales. Solo participarán en esta promoción las compras de productos MV (dietas prescriptas) a través de transfer generados por el equipo de promotores Holliday.


1.1.7. La aceptación de la adhesión al Programa que solicite el socio, se materializará con la entrega de las correspondientes Tarjetas. Sin embargo pueden recibir la información de acceso a su cuenta sin tener la tarjeta física correspondiente y operar dentro del programa sin necesidad de ella.


1.1.8. Holliday Scott, podrá a su exclusivo criterio, rechazar cualquier solicitud de adhesión al Programa.

 

1.1.9.  Los titulares de las tarjetas recibirán una puntuación que se verá reflejada bajo unidades denominadas en forma singular “PUNTO” y en forma plural “PUNTOS” por cada compra de productos participantes que realicen a través de los ejecutivos comerciales de Holliday Scott autorizados. Dichos puntos quedarán registradas en el Sistema de Administración del Programa (en adelante el “SAP”) o en cualquier otro medio que utilice Holliday Scott SA para esos registros.


1.1.10. Los puntos acreditados a través de la utilización de las tarjetas por la compra de productos o contratación de servicios en los establecimientos adheridos, podrá ser canjeable por (i) premios especiales publicados en el catálogo online y (ii)  “up grade” en los descuentos estables, publicados en www.hollipoints.com.ar, conforme a lo establecido en el punto 5 de este Reglamento.


1.1.11. En ningún caso y bajo ninguna circunstancia estará permitido canjear los puntos y/o descuentos o premios especiales y Vouchers por productos de la Línea Holliday Scott por dinero en efectivo. Todas las imágenes alusivas a los premios son solo a modo ilustrativo y Holliday Scott puede realizar reemplazos sin necesidad de aviso previo. En el caso de Vouchers por productos de la línea Holliday, quedan excluidas las categorías de anestesias, tranquilizantes y calmantes.

 

1.1.12.  En el caso de que el socio cambie de domicilio en el transcurso desde que se adhirió al programa y la entrega física de la tarjeta,  deberá informar a hollipoints@holliday.com.ar el cambio de domicilio en el plazo no mayor a 48 hs hábiles.
 

2.2) TARJETA HOLLIDAY SCOTT S.A.

2.2.1. Las Tarjetas son personales e intransferibles y sólo podrán ser utilizadas por la persona a cuyo nombre estén extendidas. Cada

2.2.2. Las Tarjetas serán entregadas en el domicilio declarado en el formulario web que completaron en el sitio //www.hollipoints.com.ar

2.2.3. Las Tarjetas no tienen fecha de vencimiento, por lo cual se mantendrán vigentes durante el plazo de la adhesión del Socio.

2.2.4. Las Tarjetas no son tarjetas de crédito, ni de compra, ni de débito, no sirven como medio de pago y son de exclusiva propiedad de Holliday Scott.

2.2.5. Holliday Scott se reserva el derecho de solicitar la devolución de las Tarjetas cuando, a su sólo criterio, se haga un uso indebido o inconveniente de las mismas. Asimismo, Holliday Scott se reserva el derecho de solicitar la devolución de las Tarjetas por cualquier otro motivo que perjudique el normal desarrollo del Programa. 

2.2.6. Se considerarán Tarjetas ilegalmente obtenidas a las que lo sean por cualquier medio o procedimiento no autorizado por Holliday Scott. Estas quedarán fuera del Programa y no gozarán de los beneficios que el mismo brinda a las Tarjetas autorizadas. Holliday Scott se reserva el derecho de iniciar las acciones legales que correspondan contra cualquier persona que intente un uso fraudulento o indebido de una Tarjeta.


3.3) BENEFICIOS.


3.3.1. El Socio podrá acceder a beneficios en la compra de productos disponibles en este Programa, los que serán anunciados en cada oportunidad en el Sitio, distinguiéndose entre los beneficios que serán otorgados al Socio.


3.3.2. Los beneficios otorgados al Socio podrán consistir en regalos, descuentos variables en la adquisición de bienes o contratación de servicios, vendidos o provistos por los Establecimientos Adheridos, los cuales serán informados oportunamente a los Socios por medio del Sitio y por cualquier otro medio que Holliday Scott considere adecuado (en adelante los "Beneficios"). En algunos casos se establecerá el límite disponible para utilizar el Beneficio por parte de los Socios, comunicándose a los mismos el stock disponible en cada ocasión. En consecuencia, Holliday Scott, no se responsabiliza por el efectivo uso, la mala utilización o la imposibilidad de utilización sobreviviente de los Beneficios. 

3.3.3. En ningún caso y bajo ninguna circunstancia estará permitido canjear Beneficios por dinero en efectivo. 

 

3.3.4. El socio podrá acceder a beneficios especiales a través del canje de puntos únicamente en el catálogo on line del Sitio.

 

3.3.5. Los productos publicados en el catálogo contarán con un stock determinado.

 

3.3.6. Los puntos correspondientes a cada producto/beneficio pueden variar sin previo aviso.

 

3.3.7. Asignación de puntos:

El programa asignará puntos a la cuenta del socio tras cada compra realizada vía transfer, solicitado exclusivamente a los integrantes del equipo de Promotores Comerciales de Holliday Scott de productos MV Dietas Prescriptas.

Quedan excluidos en la primera etapa de implementación del programa, la asignación de puntos a compras realizadas de manera directa a distribuidores autorizados Holliday, solo otorgarán puntos las compras realizadas al equipo de promotores comerciales de Holliday.

A través de los medios de comunicación que Holliday considere oportunos, informará a los interesados y socios la ampliación de canales para la suma de puntos al programa mediante esa modalidad.

Cada presentación y tipo de dieta MV, asignará una cantidad de puntos específica a la cuenta del socio (Ver tabla). También el programa podrá asignar puntos por combos, promociones especiales y acciones comerciales específicas sobre productos de la línea MV Dietas Prescriptas, como así también de otros productos del porfolio Holliday Scott, previo aviso y promoción a través de los canales de comunicación que la compañía considere adecuados para este fin.

MV Articular x 10 kg
MV Cardiaco x 10 kg.
MV Sensibilidad Dietaria x 10 kg.
MV Obesidad x 10 kg.
MV Gatos Urinario x 7,5 kg.
MV Renal x 10 kg.
MV Articular x 2 kg.
MV Sensibilidad Dietaria x 2 kg.
MV Obesidad x 2 kg.
MV Gatos Obesidad x 2 kg.
MV Gatos Gastrointestinal x 2 kg.
MV Gastrointestinal x 10 kg.
MV Gastrointestinal x 2 kg.
MV Gatos Urinario x 2 kg.
MV Renal x 2 kg.
MV Cardiaco x 2 kg.
 MV Gatos Gastrointestinal x 2 Kg.
100 Puntos
100 Puntos
100 Puntos
100 Puntos
100 Puntos
70 Puntos
50 Puntos
50 Puntos
50 Puntos
50 Puntos
50 Puntos
40 Puntos
35 Puntos
35 Puntos
35 Puntos
20 Puntos
20 Puntos

El programa asignará a modo de bienvenida a cada socio 200 puntos por única vez.

3.4) MODO DE USO DE LAS TARJETAS Y ACCESO A LOS BENEFICIOS.


3.4.1. El Socio podrán acceder a los Beneficios ingresando al Sitio con su usuario y contraseña suministrados previamente por Holliday Scott y realizar allí el canje correspondiente, acorde a los puntos disponibles en su cuenta.


3.4.2. En caso de que por alguna causa el Sitio se encontrase fuera de servicio al momento de intentar realizar el canje, el Socio deberá comunicarse al número de atención al cliente para informar el problema y dejar asentado el canje de forma provisoria y realizando el canje de manera manual hasta poder asentarlo en el sitio.  


3.4.3. Los Beneficios no podrán ser transferidos por el Socio a terceros, ni a otro Socio. 
 

3.4.4. El titular podrá sumar puntos en su cuenta Hollipoints efectuando compras de los productos participantes, a través de los promotores comerciales de Holliday Scott.

 

3.4.5. Los puntos serán cargados electrónicamente en el SAP al momento de realizarse la transmisión de los datos, de la compra, vía internet o telefónica exclusivamente desde el establecimiento Holliday Scott. El titular no podrá auto asignarse puntos o cargar puntos en el sistema de forma autónoma o deliberada. 

 

3.4.6. Los puntos obtenidos durante el desarrollo del programa podrán ser consultados por el titular por medio de la WEB o mecanismo que Holliday Scott determine y que sea oportunamente informado, sin perjuicio de lo cual, de surgir diferencias entre la información brindada y lo registrado en el SAP, prevalecerá el cómputo de puntos registrados en este último.

 

3.4.7. Los puntos obtenidos por las compras o contrataciones registradas a través de las tarjetas  sólo serán computables en el marco del programa y no podrán ser utilizados en promociones y/o cualquier otro programa implementado por Holliday Scott y/o sus sociedades controladas, salvo especificación en contrario por parte de Holliday Scott. 

 

3.5) PROMOCIONES Y SORTEOS. ACCIONES PUBLICITARIAS.


3.5.1. En forma directa o a través de terceros Holliday Scott, con la frecuencia que establezca a su exclusivo criterio, podrá realizar promociones y sorteos de bienes y/o servicios, de conformidad con las bases y condiciones que se determinen en cada oportunidad.

3.5.2. En las promociones y sorteos, no podrán participar empleados y contratados directos de Holliday Scott, así como tampoco sus familiares parientes por consanguinidad o afinidad en segundo grado.

3.5.3. Adicionalmente, Holliday Scott podrá emprender acciones publicitarias y promocionales con terceras personas ajenas o no al Programa, a fin de acercarles al Socio diversa información, ofertas y beneficios que pueden resultar de su interés. 

3.5.4. En caso de entrega de Beneficios por parte del presente Programa, los mismos estarán sujetos a la disponibilidad del stock que se establecerá en cada caso. Ninguno de los Beneficios podrá ser canjeado por dinero en efectivo o productos que no estén ofrecidos en el catálogo.

 

3.6) CANCELACION.


3.6.1. Holliday Scott podrá cancelar o finalizar cualquier adhesión al Programa sin aviso previo, y sin que ello genere derecho a reclamo o indemnización alguna a favor del Socio, en los supuestos que se detallan a continuación: a) si no cumpliera con cualquiera de los Términos y Condiciones; b) si abusare de cualquier privilegio concedido bajo el presente Programa; c) si proveyera cualquier información falsa a Holliday Scott o a cualquier Establecimiento Adherido; d) si pretendiese vender a terceros los Beneficios obtenidos u obtuviere Beneficios de manera indebida, contrariando los presentes Términos y Condiciones.

3.6.2. Finalizada la adhesión al Programa por cualquier causa, la información relativa al Socio existente permanecerá en la base de datos de Holliday Scott.

3.7) VIGENCIA.

3.7.1. Se establece el lapso de tiempo durante el cual los titulares de las tarjetas acumularán puntos de acuerdo a lo establecido en 3.4.9, manteniéndose vigentes durante el periodo que comprende desde el 01/07/2019 y hasta 01/06/2021 inclusive. Holliday Scott en forma unilateral, podrá dar de baja el programa anunciando tal medida a través de los medios que crea conveniente con una antelación de 30 días de corrido. Dicha decisión no ocasionará ningún derecho a indemnización de ningún tipo por parte de los participantes, quienes lo aceptan de conformidad,


3.7.2. Los puntos acumulados en las tarjetas se encontrarán vigentes durante el lapso establecido  y podrán canjearse durante este plazo de vigencia por lo establecido en el punto 3.7.1.

 

4) RECLAMOS.

4.1. Los Suscriptores, adheridos al Programa podrán efectuar cualquier reclamo relacionado con la adhesión y con el Programa, llamando al 0800-444-6554 o ingresando en www.hollipoints.com.ar (90) días corridos, de ocurrida la causa que motivo el mismo. 

4.2. Sin perjuicio de no existir responsabilidad alguna de Holliday Scott por el otorgamiento de los Beneficios por parte de los Establecimientos Adheridos, frente al supuesto que el reclamo tuviese como causa la falta de otorgamiento de algún Beneficio por medio de dichos Establecimientos Adheridos, el Socio al momento de efectuar el reclamo por medio de llamando al 0800-444-6554 o ingresando hollipoints@holliday.com.ar, deberá brindar en el plazo fijado en el punto 4.1. precedente, la información referente a la operación (ya sea transacción, compra de bienes o servicios, etc.) que generó dicho reclamo, a fin de ser comunicado por Holliday Scott SA a los Establecimientos Adheridos para que tomen las medidas correspondientes.

 

5) CONDICIONES GENERALES.

5.1. En cualquier momento, Holliday Scott podrá efectuar cambios en los presentes Términos y Condiciones, en las condiciones de la adhesión al programa, a la denominación del Programa y a su logo, a los Beneficios incluidos en el Programa y a las condiciones de acceso a dichos Beneficios y la vigencia de los mismos.  Las modificaciones mencionadas precedentemente, podrán ser informadas al Socio por cualquier medio masivo de comunicación, a través del Sitio o de cualquier otro que implique su difusión pública, a elección de Holliday Scott.

5.2. Los datos y ofertas relativas a los Beneficios comunicados por Holliday Scott revisten un carácter exclusivamente informativo y en modo alguno suponen que los establecimientos, productos y/o servicios indicados, y la calidad de los mismos, son responsabilidad de Holliday Scott. La información referida a los Establecimientos Adheridos, incluidas sus características, marcas, logos y foto/s, es suministrada exclusivamente por cada uno de dichos establecimientos, en consecuencia, Holliday Scott no es responsable del contenido, o autenticidad o veracidad de dicha información. 

5.3. Los Establecimientos Adheridos no tienen la autoridad, expresa o implícita, para formular ninguna declaración, manifestación ni ofrecer garantías en nombre de Holliday Scott o del Programa, y en consecuencia ni Holliday Scott ni el Programa asumen ninguna responsabilidad en relación a tales declaraciones, manifestaciones o garantías.

5.4. Holliday Scott no será responsable por los daños causados al Socio en ocasión de la utilización de los Beneficios, responsabilidad que será directa y exclusivamente asumida por los Establecimientos Adheridos que prestan el servicio o comercializan el bien en su caso. 

5.5. Los datos del Socio y la referida a las transacciones que resulten en la utilización de las Tarjetas (en adelante la "Información"), serán incluidos en una base de Holliday Scott (en adelante la "Base de Datos"). La Información estará a disposición de Holliday Scott para su utilización. Holliday Scott utilizará los datos para conocer los intereses y/o afinidades del Socio, de tal forma que los Beneficios se adecuen a los intereses de los mismos y para el máximo rendimiento del Programa.

5.6. El Socio expresamente aceptan y dan su consentimiento para:
(a) Proveer la Información solicitada para adherirse al Programa y autoriza a Holliday Scott al acceso, conservación y tratamiento de la Información allí contenida;
(b) Que cada Establecimiento Adherido revele a Holliday Scott y/o a sus agentes o dependientes la Información referida a las transacciones que realicen el Socio a los fines anteriormente indicados.
(c) Que Holliday Scott trate y/o transfiera la Información contenida en su Base de Datos, a sus agentes y/o a los Establecimientos Adheridos y/o a terceros con fines publicitarios y/o promocionales. 
(d) Que Holliday Scott trate y/o transfiera la Información a los Establecimientos Adheridos, a fin de que los mismos le envíen al Socio diversa información, ofertas y Beneficios que pueden resultar de su interés.
(e) Que frente a un reclamo de un Socio, o cualquier autoridad Administrativo o Judicial Holliday Scott utilice la Información obrante en su Base de Datos.


5.7. El Socio declara y acepta que los datos que a través de la adhesión al Programa sean recopilados por Holliday Scott, sean utilizados de conformidad con el artículo 9 de la Ley 25.326 y su reglamentación. 

5.8. El Socio de los datos personales, tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto, conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326 (Disposición 10/2008). 

5.9. El Socio podrá requerir en cualquier momento la actualización, rectificación y/o supresión cuando corresponda de los datos personales de los cuales sea titular, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley Nº 25.326 y su reglamentación.

5.10. Cualquier comunicación cursada por Holliday Scott a un Socio se considerará notificada si fue remitida al domicilio del mismo o a la dirección de correo electrónico obrante en la Base de Datos.

5.11. El Socio, al adherirse al Programa, brinda su conformidad y autoriza a Holliday Scott a enviarle y trasmitirle todo tipo de comunicaciones, avisos y mensajes que guarden relación con la adhesión y/o el Programa y con los fines publicitarios, comerciales y promocionales a los domicilios, como así también a las direcciones de correo electrónico y teléfonos, que se encuentren registrados en la Base de Datos. El Socio podrá revocar dicha autorización manifestando por escrito al domicilio de Holliday Scott sito en Int. Neyer 924 2ª Piso, Beccar,  provincia de Buenos Aires. o por teléfono al 0800-444. 6554, su expreso deseo de no recibir aquellas comunicaciones.


5.12. El Programa será válido únicamente en los puntos de venta de los Establecimientos Adheridos y el sitio web. El Programa podrá ser extendido a otros países. 

5.13. Cualquier exclusión o limitación de responsabilidad contenida en los presentes Términos y Condiciones, en favor de Holliday Scott se extiende a cada uno de sus socios, empleados, directores, gerentes y sus personas jurídicas vinculadas y filiales conforme el significado dado por la Ley Nº 19.550 de Sociedades Comerciales.

5.14. En ningún caso Holliday Scott será responsable, por la utilización indebida que pudieran hacer terceros de las Tarjetas, ni por los daños y perjuicios que tal circunstancia pudiera ocasionar al Socio y/o a los Establecimientos Adheridos. En este sentido Holliday Scott, no responderá en caso de robo, hurto, pérdida o extravío de las Tarjetas, ni ningún uso por extraños empleando impropiamente las mismas, o en cualquier otra que contraríe la voluntad del Socio.

5.15. El robo, hurto, extracción, pérdida o deterioro sustancial de las Tarjetas deberá ser denunciado, de manera inmediata por el Socio al teléfono 0800-444-6554 o en el lugar donde informe oportunamente Holliday Scott. La responsabilidad de Holliday Scott  se limitará a la reposición de la Tarjeta robada, hurtada, perdida o deteriorada dentro de los cuarenta y cinco (45) días de efectuada la denuncia. Holliday Scott no se responsabiliza por demoras por causas no imputables a Holliday Scott en el reemplazo de una Tarjeta o por el uso fraudulento de la misma.

5.16. La eventual nulidad de alguna de las cláusulas de los presentes Términos y Condiciones, no importará la nulidad de las restantes cláusulas. 

5.17. Cualquier cuestión que se suscite con el Socio en relación a la adhesión y/o el Programa, será resuelto en forma definitiva e inapelable por Holliday Scott

5.18. La adhesión implica la aceptación de los presentes Términos y Condiciones, los que se reputan conocidos por el Socio adherido al Programa.

5.19. Holliday Scott tiene su domicilio comercial en Intendente Neyer 924, 2º piso, Beccar, Provincia de Buenos Aires.


5.20. El Socio y Holliday Scott SA, acuerdan someter cualquier disputa o divergencia derivada de los presentes Términos y Condiciones a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Ordinarios en lo Comercial con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor: Para Consultas y/o denuncias ingrese a www.buenosaires.gob.ar/defensaconsumidor

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